miércoles, 26 de junio de 2013

Prestación Económica por Cese de Actividad: Autónomos

Hoy les voy a contar otra "lucha" contra el sistema que por fin se ha resuelto. 

Situación:
 Yo era autónomo, cotizando más de 8 años sin interrupciones, mes a mes, año tras año. El pasado mes de septiembre (2012) tuve que tomar una decisión muy complicada puesto que mi empresa cada vez iba peor. Ésta la mantenía gracias a los apoyos económicos de mi familia. Mantuve la empresa en perdidas durante dos largos y amargos años. No es que la empresa no generase dinero, pero los gastos en mantenerla más las nuevas leyes que cada año impone el Estado para poder ejercer la actividad que realizaba y la situación económica del país, dificultaban que encontrase formulas para seguir con ella. Tras encontrar un comprador la vendí. 

Solicitud de la Prestación por Cese de Actividad:
De acuerdo con la Ley 32/2010, de 5 de agosto, los trabajadores autónomos cuentan con un sistema  específico de protección por cese de actividad. Les dejo el enlace de la normativa de dicha prestación por si quieren información más detallada: Ministerio de Empleo.

1º Paso (5/10/12) :
Presento la solicitud en Octubre (2012) ante mi Mutua. En un principio me dicen que me corresponden 3 meses de prestación, puesto el periodo cotizado cuenta desde que la ley de ésta prestación entró en vigor, hacia unos 23 meses. Esta es la tabla que estipula la duración de la prestación según meses cotizados:

PERIODO DE COTIZACIÓN Y DURACIÓN DE LA PRESTACIÓN 

Meses cotizados          
            Duración 
De 12 a 17 meses               2 meses
De 18 a 23 meses               3 meses
De 24 a 29 meses               4 meses
De 30 a 35 meses               5 meses
De 36 a 42 meses               6 meses
De 43 a 47 meses               8 meses
Con 48 meses             12 meses


Tras unas semanas (15/10/12), la solicitud a la prestación  llega rechazada por los siguientes motivos:


"Se rechaza por ser socio con el 100% de las participaciones (ver modelo 200 del 2011) que vende todas las participaciones de manera voluntaria, habiendo por ello una ganancia por dicha venta. Ademas el rendimiento en el ejercicio de 2011 fue positiva con un resultado del aproximadamente el 8%".


2º Paso:
Presento un escrito alegando una serie de cuestiones. 
Una vez más, rechazan mi derecho a la Prestación Económica por Cese de Actividad, por los mismo motivos. 

3º Paso:
A estas alturas ya solo queda la posibilidad de una Demanda Judicial. Acudo al Colegio de Abogados para solicitar un abogado de oficio, me lo dan en el acto. He de mencionar que en  este tipo de pleitos no se imponen costas procesales, por lo que no hay nada que perder ni temer.

4º Paso (26/12/12):
Se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social. Ésta se admite a tramite.

5º Paso (8/5/13) "Día D":
Antes de entrar al juicio, le comunico a mi abogado que trate de llegar a un acuerdo con la otra parte. La respuesta de los abogados de la Mutua es:"no, tienen órdenes de llegar hasta el final". A juicio...

SENTENCIA Nº 2--/2013 (6/6/13):
"FALLO: Que estimado la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Jose Larena-Avellaneda Alvarez, frente a F------------ M-------------, sobre PRESTACIÓN ECONÓMICA POR CESE DE ACTIVIDAD, declaro su derecho a percibir por cese de actividad, durante un periodo de DOCE MESES, y en cuantía del 70% de la base reguladora de ------- euros mensuales, condenando a la demandada a estar y pasar por esta declaración, así como abonar al actor dicha prestación.

Resumen:
Se  han conseguido dos puntos importantes:
1º- Que tenga derecho a la prestación.
2º. Que se aplique la prestación con los años que tengo cotizados, no con LOS CRITERIOS QUE OFICIALMENTE publica el Ministerio de Empleo. Según sus criterios, la duración de la prestación se establece desde que la Ley  32/2010, de 5 de agosto entró en vigor. Esto quiere decir que a mí, solo me correspondían TRES meses de prestación y no los DOCE que por años cotizados son.

Este pleito ha tenido este resultado gracias a:

1º Don Rafael Marco Santana, Asesor Financiero. Realizando las alegaciones de los escritos antes del Proceso Judicial, las cuales fueron la base del pleito, demostrando su profundo conocimiento de las Normativas Económicas Españolas.

2º Don Jose María Capel Cabrera, Abogado. Estudiando el caso en profundidad y buscando recursos en internet para lograr esta Sentencia. Dejando claro, que como abogado de oficio, se interesa y lucha por sus clientes. 
Contacto:  enriquezycapel.abogados@hotmail.com

7 comentarios:

  1. Hola Jose,

    Estoy en una situación similar a la tuya, mi mutua solo me quiere pagar 3 meses, y yo creo que me corresponden más por haber estado de autónomo 10 años. me podrías pasar la sentencia para que le echara un vistazo?? o sino, decirme juzgado y fecha para que la busque en algún buscador de jurisprudencia?? muchísimas gracias por adelantado, tu artículo me ha sido de gran ayuda!!
    saludos. Mario.

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    1. Hola Anónimo, al final del artículo tienes el email de Jose Mª Capel, el abogado que lleva el pleito. El tiene la sentencia, puesto que los de la mutua han recurrido y aun no sabemos nada.

      Escríbele y pídele una copia. Si no te la da me avisas y yo se la solicito para luego mandártela.

      Ademas, el encontró en la red otra sentencia igual que la mía. Suerte!

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  2. buenas tardes Jose,

    me gustaría hacerle unas preguntas, porque me ha sido denegada la prestación por cese de actividad.

    en lo referente al abogado de oficio, no ha tenido que presentar una serie de documentación, para que se lo concedieran, tal como certificados de catastro, hacienda...?

    en mi caso, la mutua en su ultima resolución me ha derivado en un plazo de 30 días al juzgado de lo social, en su caso también lo derivaron a dicho JUzgado?
    sabe si se puede presentar pasado esos 30 días?

    un saludo, mucha suerte y gracias

    Raquel

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    1. Hola Raquel,

      -Abogado de oficio: No presente nada, es más, el mismo día que fui a solicitarlo ya me lo asignaron.

      - Juzgado de lo social, sí, cuando ya te lo niegan dos veces, te "invitan" a que acudas al juzgado si no estás de acuerdo con la negativa...

      - Plazos, si se te vence el plazo no creo que puedas reclamar, pero asesórate por si acaso existe algún truco.

      Suerte!

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  3. Hola José
    Mi marido se encuentra en la misma situación en la que estabas tú, ya me han denegado la reclamación previa, he escrito a tu abogado por si me puede asesorar,
    Muchas gracias José por compartir tu experiencia y poder ayudar a otras personas, ya te contaré si he conseguido alguna cosa.
    Saludos cordiales
    Concepció

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  4. Me gustaría saber provincia donde ejerce ese abogado de oficio,me podría interesar,caso de autónomo.

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  5. Hola Anónimo, ejerce en Las Palmas de Gran Canaria. Suerte!

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